Formato de evaluación

Artículo

¿Declara usted tener algún conflicto de interés con el artículo sometido a evaluación?
Los conceptos de los artículos evaluados para publicación en la UNA Revista de Derecho deben tener en cuenta los siguientes aspectos. Por favor haga sus comentarios debajo de cada una de las categorías indicadas.
  • 1. Comentarios generales sobre el texto: Concepto global sobre el texto, su calidad como artículo de investigación, aporte al conocimiento y pertinencia para la Revista.
  • 2. Marco teórico: Evalúa la revisión teórica del artículo, indicando si es adecuada o no.
  • 3. Metodología (si aplica): Evalúa el uso de una metodología adecuada, rigurosa y ética para la investigación.
  • 4. Consistencia: Evalúa la coherencia de los planteamientos del texto, y la existencia o ausencia de un hilo conductor claro.
  • 5. Presentación formal: Evalúa la claridad de la redacción y la pertinencia del título y del resumen.
  • 6. Bibliografía: Determina la pertinencia y actualidad de la bibliografía citada, en relación con el tema desarrollado.
  • 7. Concepto sobre publicación: Después de evaluar los anteriores criterios considera que el artículo debe: a) Aceptarse b) Aceptarse con cambios c) Rechazarse

Sugerencias adicionales del evaluador

Información del evaluador
El proceso de evaluación es anónimo, tanto para el evaluador como para el autor (a quien se dará a conocer su concepto). Sin embargo, dadas las exigencias de indexación, le solicitamos actualizar la siguiente información.
  • 1
    Nombre
  • 2
    Nacionalidad
  • 3
    País de nacimiento
  • 4
    No. identificación / pasaporte
  • 5
    Filiación institucional
  • 6
    Ultimo título obtenido (con universidad)
  • 7
    Publicaciones en revistas con ISSN en los dos últimos años
  • 8
    h-Index
  • 9
    ORCID
  • 10
    Documento de identidad / No. pasaporte u otro
  • 11
    Correo electrónico

Universidad de los Andes | Vigilada Mineducación
Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 Minjusticia.