Resumen
La renta vitalicia no se limita a un contrato aleatorio regulado por el Código Civil. Su esencia es especial. Provenga del derecho romano o de la Edad Media, aquella institución que presupone el constreñimiento de una persona de pagar durante la vida de otro una renta o una pensión periódica es tan veterana como enigmática. Su trayectoria principia y viaja no solo por la fuente contractual, sino que puede nacer de otros actos jurídicos diferentes o incluso de la ley. Su regulación y entendimiento pone en tensión instituciones decimonónicas como la clasificación de los contratos en onerosos y gratuitos, y su subcla- sificación en conmutativos y aleatorios. Cuando nace de la fuente contractual, su perfeccionamiento es tan sui generis que abre la posibilidad de que existan verdaderos contratos solemnes y reales al mismo tiempo. Una conceptualización cabal de su alcance permite integrar otras figuras similares o atípicas a nuestro ordenamiento jurídico, así como invita al interprete a plantearse preguntas todavía vigentes de nuestro derecho civil moderno.
palabras clave
Renta vitalicia; contrato de renta vitalicia; contratos aleatorios; contratos conmutativos y aleatorios; renta vitalicia gratuita; renta vitalicia inmobiliaria.