Kennedy, D. - Una semiótica de la crítica

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Traducción

 

UNA SEMIÓTICA DE LA CRÍTICA

 

Duncan Kennedy

 

Traducción: Emilio Lehoucq y Santiago Vernaza

 

[Esta parte es sólo la introducción del artículo. Si desea leerlo todo, descargue el pdf arriba de esta página.]

 

Estoy agradecido con aquellos amigos y colegas que participaron en el seminario organizado en febrero pasado por Michael Fischl y Pierre Schlag en la Escuela de Derecho de la Universidad de Miami sobre A Critique of Adjudication: Fin de Siècle (“Critique”), y que ahora convirtieron sus ponencias en artículos para este volumen de la Cardozo Law Review. Me conmoví, y sigo conmovido, por su disposición para dar su tiempo y energía a la tarea de dominar, criticar y mejorar lo que a mi parecer es una contribución bastante imperfecta a la teoría crítica. Durante el seminario respondí a las versiones preliminares de los artículos, y pensé que podía escribir esas respuestas para este simposio. Pensándolo mejor, después de que me llegaran las versiones finales, esto me pareció una mala idea,  no en poca medida porque las críticas fueron ajustadas y desarrolladas de tal manera que creo que no podría hacerles justicia en una o dos páginas a cada una. Ciertamente, están plagados de críticas que no me es posible responder. Por esto, prefiero descansar en mis laureles en vez de luchar por haber estado en lo correcto.

 

¿Qué hacer entonces? Terminé escribiendo un artículo sobre aquello que podríamos llamar la “langue teórica” de los Estudios Legales Críticos (critical legal studies [“cls”]). Es una lista explicada de las movidas o jugadas o ladrillos a partir de los cuales, a mi parecer, hablando en la voz neutra y desapegada del lingüista, muchos crits, incluyéndome en Critique, compusieron nuestras varias teorías conflictivas sobre el derecho.

 

La parte I define y analiza cuatro genealogías dentro del pensamiento crítico ampliamente entendido. Les he dado nombres que corresponden a mi argumento sobre cómo interpretarlas, y no de acuerdo a sus usos más familiares, por lo cual más abajo en el texo proveo las otras denominaciones. Me refiero al organicismo (Hegel, Ruskin, Parsons), al antinomianismo (Kierkegaard, Nietzsche, Sartre), al estructuralismo (Marx, Freud, Foucault) y a la semiótica (Saussure, Lévi-Strauss, Derrida). Cada genealogía tiene una variante racionalista y una irracionalista. Las versiones que presento en la parte I no son “lecturas” de los autores a los que me refiero, sino, más bien, resúmenes (bastante) concisos de ideas al menos vagamente asociadas con el autor en cuestión, que mi variante particular de los cls (de izquierda moderna/postmoderna) ha usado en su empresa crítica.

 

Estas genealogías tienen complejas relaciones de crítica mutua. La parte II presenta tres arreglos de las genealogías vistas como ataques entre sí, y sugiere que cuando esto es tenido en cuenta, hay una especie de unidad orgánica en el conjunto. Desplegar las genealogías entre ellas es tan importante en la práctica teórico-crítica como la combinación de partes de las genealogías en teorías discretas.

 

La parte III sugiere (no más que esto) una relación entre las movidas teóricas descritas y el liberalismo, ampliamente entendido. Puede ser útil tener alguna idea (muy breve) sobre cómo funciona esta parte antes de leer las partes I y II. Sostengo que las genealogías de teoría crítica a veces operan para minar (aunque en ningún sentido refutan) una manera particular de entender la vida política en los Estados Unidos. Ciertamente, diría que fueron instrumentales para minar mi propia fe en este modo de comprensión.

 

Este es el modo dominante de la tradición de teoría política estadounidense, incluyendo los liberales y los conservadores, quienes organizan sus pensamientos normativos y descriptivos sobre la justicia social a través de las categorías de gobierno de la mayoría; derechos individuales, sociales y económicos; estado de derecho [rule of law]; constitucionalismo; debido proceso; distinción público privado; la aspiración de ser un actor que actúa siguiendo principios; la noción de tolerancia; y, sobre todo, las categorías de individualidad, autonomía, libertad, escogencia y consentimiento. Las personas a las que me imagino que me dirijo creen que un compromiso de la sociedad por estas ideas, en primer lugar, distingue un tipo de sociedad de otras y, en segundo lugar, dentro de dicha sociedad, provee una base legítima para tomar una serie continua de decisiones a través de las cuales la sociedad se define y re-define de cara al cambio y a la controversia.

 

Por supuesto, dentro del liberalismo existen vigorosas prácticas de crítica interna (por ejemplo, el funcionamiento de las paradojas del voto, el dilema del prisionero, los equilibrios múltiples y/o inestables, y así sucesivamente). Me gusta y utilizo este tipo de análisis en mi obra, pero este artículo es sobre el tipo de crítica más distanciada y hostil denominada “teoría crítica”. Dentro de la teoría crítica, soy, como el resto de personas, auto-didacta.

 

[El artículo de Duncan Kennedy fue publicado originalmente por la Cardozo Law Review, Vol. 22, 2001.]

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