artículo

Las “mujeres” como una categoría-contorno: ¿el antiesencialismo de Judith Butler puede ser operativo para la teoría jurídica feminista?

Resumen

La teoría crítica de Judith Butler en El género en disputa sobre el sujeto político de los feminismos abrió la posibilidad para pensar a las mujeres como una categoría-contorno. Sin embargo, poco se ha dicho sobre la posibilidad de traducir esto al discurso jurídico, que opera con categorías. En este artículo, propongo que la idea de poner en crisis el concepto “mujeres” para quitarle el significado fijo, unívoco y atemporal puede traducirse e implementarse en el lenguaje jurídico, mediante una lectura deconstructiva que no implica renunciar al significante. Para ello, retomo el debate esencialismo vs. antiesencialismo feminista en el que se inscribe la propuesta de Butler, analizo su tesis y la manera en la que fue leída. Al final, sugiero que un primer paso puede ser repensar y usar uno de los métodos legales feministas, propuestos por Katharine Barlett, a la luz de la deconstrucción: la pregunta por las mujeres, al igual que su respuesta, puede ser abierta, situada y contingente. Como ejemplo de esto, me refiero al caso de una mujer transgénero que fue analizado por la Corte Constitucional colombiana en la Sentencia T-771 de 2013.

palabras clave

Mujeres; perspectiva de género; Judith Butler; feminismos; teoría jurídica; antiesencialismo

Autor

  • Maria José León Marín
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Cómo citar

León, Maria José. "Las “mujeres” como una categoría-contorno: ¿el antiesencialismo de Judith Butler puede ser operativo para la teoría jurídica feminista?". UNA Revista de Derecho 7 nº. 2 (2022): pp.

Disponible aquí:

Universidad de los Andes | Vigilada Mineducación
Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 Minjusticia.