artículo

La declaración de interés público de medicamentos en Colombia como mecanismo de protección del derecho a la salud desde el derecho internacional de los derechos humanos

Resumen

Una de las soluciones para la tensión entre patentes y salud es la implementación de las licencias obligatorias, por medio de las cuales un gobierno otorga permiso a empresas –o personas distintas del propietario de la patente– para utilizar los derechos de esta. El marco jurídico colombiano existente en materia de licencias obligatorias son la Decisión 486 de la CAN y los Decretos reglamentarios 4302 de 2008 y el 670 de 2017; además, dentro del bloque de constitucionalidad existe una obligación de proteger el acceso a medicamentos –en conexidad con el derecho a la vida– por haber ratificado difer- entes instrumentos de derecho internacional. A pesar de esto, se encontró que el marco jurídico co- lombiano de licencias obligatorias no ha sido idóneo para conseguir su cometido, pues –en un prin- cipio– el Estado tardó 8 años en regular el procedimiento y cuando por fin se emitió regulación alguna se contravieron los principios de progresividad y la prohibición de regresividad. Por lo que, este traba- jo analiza si la normativa vigente sobre declaratoria de interés público y licencia obligatoria –como un mecanismo para proteger y promover el acceso a medicamentos–, se ajusta al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH).

palabras clave

Licencia obligatoria, patente farmacéutica, declaración de interés público, derecho a la salud, derecho internacional de los derechos humanos, Declaración de Doha.

Autor

  • María José Arango Salazar
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  • Gabriela Arévalo Campo
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Cómo citar

Arango, María José y Gabriela Arévalo. "La declaración de interés público de medicamentos en Colombia como mecanismo de protección del derecho a la salud desde el derecho internacional de los derechos humanos". UNA Revista de Derecho 7 nº. 1 (2022): pp. 69-101

Disponible aquí:

Universidad de los Andes | Vigilada Mineducación
Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964.
Reconocimiento personería jurídica: Resolución 28 del 23 de febrero de 1949 Minjusticia.