A su vez, me inquieta la argumentación de la Corporación que llevó a afirmar que se debió incrementar la seguridad del Club dado el contexto de inseguridad en el que se encontraba el país y en especial las grandes ciudades. Pero como en la misma sentencia se establece, no “resultaba posible predecir o anticipar los ataques puntuales del grupo insurgente”. Además, los numerosos atentados que ocurrieron alrededor de esa fecha y que incluso se citan en la decisión (Explosiones en el barrio Normandía, en la SIJIN, en el Edificio de la Policía, en la Fiscalía, en Transmilenio, etc.) hacían aún más difícil predecir un acto puntual como el del Club Nogal, así haya existido información de inteligencia al respecto. Finalmente, este es un fallo que termina abriendo las puertas a una especie de ¨Caja de Pandora¨ en lo que concierne a la teoría general de la Responsabilidad del Estado por hechos ocurridos dentro del conflicto armado, por ende, es un fallo que, a mi parecer, preocupa.